Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Noviembre de 2003 (Tesis num. I.11o.C.84 C de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-11-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.11o.C.84 C
Fecha de publicación01 Noviembre 2003
Fecha01 Noviembre 2003
Número de registro182751
MateriaDerecho Procesal,Civil

El artículo 1078 del Código de Comercio prevé a la preclusión como uno de los principios que rigen el procedimiento que se sustenta en la conclusión definitiva de los actos que se desarrollan en el juicio en forma sucesiva, impidiendo el regreso a momentos procesales ya extinguidos y consumados, es decir, por virtud de ella sólo se extinguen derechos o actos de carácter procesal y no acciones autónomas o derechos sustantivos, ya que la única figura que comprende la pérdida del ejercicio de estos últimos es la prescripción, atento lo dispuesto por los numerales 1135 y 1136 del Código Civil para el Distrito Federal. En ese tenor, si del contenido de los artículos 1362, 1363, 1367, 1368, 1369, 1370, 1371, 1372 y 1373 del Código de Comercio, se advierte que la tercería excluyente no constituye un acto de naturaleza procesal, es decir, no surge dentro del procedimiento sino independiente a él y como una acción distinta u oponible a los intereses de las partes en el juicio, así como con una tramitación propia, no puede considerarse que el derecho para ejercitarla se extinga por preclusión, pues ésta sólo opera tratándose de actos procesales y no de acciones autónomas o derechos sustantivos.


DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR