Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 1 de Febrero de 2004 (Tesis num. II.2o.A.6 K de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-02-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.A.6 K
Fecha de publicación01 Febrero 2004
Fecha01 Febrero 2004
Número de registro182074
MateriaDerecho Procesal,Común

Cuando el Juez de Distrito decide sobre la suspensión provisional no es necesario que precise el método que utilizó para resolver sobre la medida cautelar, toda vez que no existe precepto en la Ley de Amparo que establezca la forma en que debe pronunciarse el a quo para decidir sobre la misma, siempre y cuando resuelva el punto litigioso, como ocurrió en la especie, en que negó la medida suspensional, máxime que al hacerlo no causó agravio alguno al recurrente, puesto que no omitió el texto aplicable al caso, es decir, señaló que no se reunían los requisitos del artículo 124 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR