Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 1 de Febrero de 2004 (Tesis num. II.2o.A.44 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-02-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.A.44 A
Fecha de publicación01 Febrero 2004
Fecha01 Febrero 2004
Número de registro182202
MateriaDerecho Público y Administrativo,Administrativa

Las leyes, para ser consideradas como tales, deben reunir ciertas características o atributos que las distingan de las demás normas (naturales, morales, etcétera), es decir, deben ser generales, impersonales y abstractas. Ahora bien, el Decreto Número 146 de la H. LIV Legislatura del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno de dicha entidad el 22 de julio de 2003, no posee las características o atributos esenciales de las leyes por referirse a una situación concreta y particular, cuya vigencia concluye al cumplirse el objetivo para el que fue creado, es decir, carece del requisito de generalidad, pues su vigencia jurídica no subsiste después de aplicarse al caso concreto para regular casos posteriores; además, su contenido tiene una determinación objetiva delimitada, pues no se encuentra dirigido a una pluralidad de personas indeterminadas y su cumplimiento sólo depende del Ejecutivo del Estado y de un grupo de personas, siendo que los actos que realice el Ejecutivo para cumplir el objetivo del decreto...

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