Tesis Aislada, Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2005 (Tesis num. I.14o.C.33 C de Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-05-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.14o.C.33 C
Fecha de publicación01 Mayo 2005
Fecha01 Mayo 2005
Número de registro178261
MateriaDerecho Procesal,Civil

En el supuesto de que los codemandados en un juicio ejecutivo mercantil contesten en forma conjunta el escrito inicial de demanda y opongan la excepción de improcedencia de la vía apoyándose en los mismos hechos, como lo autoriza el párrafo primero del artículo 1060 del Código de Comercio, por actualizarse la figura del litisconsorcio pasivo voluntario, debe estimarse que sometieron a la consideración de la autoridad judicial una cuestión acerca de la que debe existir unidad en la decisión, por lo que aun cuando sólo uno de los codemandados hubiese apelado de la sentencia de primer grado, lo resuelto en la sentencia de segunda instancia debe favorecer al otro demandado, ya que el tribunal de alzada, por razones de congruencia, atento a lo dispuesto en el artículo 1327 del Código de Comercio, debe emitir un...

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