Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Abril de 2005 (Tesis num. V.4o.1 C de Cuarto Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-04-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.4o.1 C
Fecha de publicación01 Abril 2005
Fecha01 Abril 2005
Número de registro178815
MateriaDerecho Procesal,Civil

Conforme a las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, que rigen el trámite del recurso de apelación, no es legalmente válido concluir que la falta de exhibición de copias para el traslado relativo, junto con el escrito de agravios, ocasione la deserción de ese medio de defensa. Prueba de ello, es que el artículo 244 de dicho ordenamiento, cuando exige del apelante que presente ese escrito ante el tribunal de alzada, como muestra de su interés de continuar con el trámite de apelación, no lo obliga a que también acompañe copias del propio escrito para correr traslado con ellas a las demás partes. Asimismo, el numeral 249 de la misma normatividad textualmente indica las causas por las que procede declarar desierto el recurso, y dentro de ellas no se incluye la falta de presentación de dichas copias de traslado, sin que obste que el artículo 252 del mismo código disponga que con el escrito de agravios se correrá traslado a las demás partes, porque ni ese ni otro dispositivo de la invocada legislación establecen la forma en que el tribunal de alzada se allegará de esas copias de traslado. En ese orden, la regla general contenida en el artículo 276, fracción II, último párrafo, del mismo código, en términos de la cual, la falta de presentación de las copias respectivas, en los casos en que deba correrse traslado a las partes, ocasiona que no se le dé entrada a la promoción correspondiente, no puede hacerse extensiva al caso de que se trata, al grado de considerar que si el apelante no acompaña con su escrito de agravios copias de traslado para las demás partes, el recurso de apelación se declarará desierto, pues debe tomarse en cuenta que en el supuesto de la citada regla general la norma que la contempla sí exige, de...

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