Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 2005 (Tesis num. I.7o.A.328 A de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.328 A
Fecha de publicación01 Enero 2005
Fecha01 Enero 2005
Número de registro179454
MateriaAdministrativa

El párrafo primero del precepto legal señalado estableció como una prohibición el ingreso de menores de dieciocho años, sin la compañía de una persona mayor de edad, a las áreas reservadas a los fumadores en restaurantes, cafeterías, auditorios, salas de espera, oficinas, cines, teatros o cualquier otro lugar de los señalados por la propia ley; como sanción a la omisión de observar dicha conducta, se estableció en el segundo párrafo que los propietarios, poseedores o responsables de dichos establecimientos serán sancionados económicamente; así, para que exista un perjuicio en contra del gobernado por la aplicación de este último dispositivo, deberá actualizarse una condición específica, esto es, que se permita la estadía de algún menor de edad (acto del particular), sin la compañía de un mayor de edad, en una de las áreas destinadas para fumadores; que la autoridad administrativa competente conozca de ella y que, por esa razón, le imponga la sanción correspondiente (acto administrativo); en esa tesitura, al existir una condición para que se actualice la hipótesis legal en análisis, el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley de Protección a la...

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