Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Julio de 2006 (Tesis num. I.15o.T.12 L de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-07-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.15o.T.12 L
Fecha de publicación01 Julio 2006
Fecha01 Julio 2006
Número de registro174592
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

La entonces Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la citada jurisprudencia 654, de rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CONTRA SU REINSTALACIÓN PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN A LAS DEPENDENCIAS BUROCRÁTICAS.", sostuvo que contra los laudos del tribunal de arbitraje que condenan a reinstalar en su empleo a trabajadores del Estado, procede otorgar la suspensión, sin fianza, a las dependencias burocráticas, porque debe conceptuárseles solventes para responder de las obligaciones que les resulten. Ahora bien, este Tribunal Colegiado, con fundamento en el artículo sexto transitorio del decreto mediante el cual se reformó la Ley de Amparo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de enero de mil novecientos ochenta y ocho, y republicado el once de ese propio mes y año, considera que dicho criterio jurisprudencial debe interrumpirse, en virtud de que se emitió en la época en que el artículo 174 de la invocada ley sólo se refería a la obligación de asegurar la subsistencia del trabajador tratándose de laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje, es decir, imponía ese deber a los presidentes de esos órganos; sin embargo, el texto actual de ese artículo se refiere a los presidentes de los tribunales de trabajo, esto es, comprende a los presidentes de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y a los de sus Salas. Además, la razón en que se sustenta la mencionada jurisprudencia para sostener que procedía la suspensión contra la reinstalación, consistió en que las dependencias burocráticas son solventes para responder de las obligaciones derivadas de un juicio laboral; razón que si bien tiene trascendencia en lo que concierne a la condena de...

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