Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248355
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 2331 del Código Civil del Estado de Michoacán, no ordena que al darse el aviso de terminación del contrato de arrendamiento al inquilino, deba indicársele la fecha desde la cual deben contarse los dos meses que se le dan de plazo para que desocupe el inmueble, puesto que de la redacción de ese precepto se concluye que lo que se pretende es que en forma indubitable el arrendatario tenga conocimiento, con dos meses de anticipación, de que es voluntad del arrendador dar por...

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