Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248637
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Corresponde al demandado, en su carácter de deudor alimentista, acreditar el cumplimiento de la obligación de proporcionar alimentos a sus acreedores alimentarios, sin que sea óbice a lo anterior el que, si así lo estimaron las autoridades de instancia, omitieran el señalamiento concreto del precedente jurisprudencial en que apoyaran tales razonamientos, supuesto que tal criterio lo ha establecido el más Alto Tribunal de la Nación en la jurisprudencia 255 de la Cuarta Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación de 1975, Tercera Sala, página 796, que dice: "PAGO O CUMPLIMIENTO. CARGA DE LA PRUEBA. El pago o cumplimiento de las obligaciones corresponde demostrarlo al obligado y no el incumplimiento al actor". Por tanto, al inconforme, como obligado a ministrar alimentos, le incumbía demostrar haber cumplido con tal obligación, ya que de lo contrario se imponía indebidamente al acreedor alimentista la carga de probar un hecho negativo...

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