Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro248832
MateriaAdministrativa

Con independencia de que el contenido de la resolución impugnada en un juicio fiscal, fuera o no una transcripción de una supuesta liquidación formulada por una administración fiscal regional, si lo cierto es que el acto jurídico que se notificó al particular fue un oficio suscrito única y exclusivamente por el secretario de finanzas de un Estado de la Federación, en papel membretado del Poder Ejecutivo de dicho Estado y debidamente sellado, debe considerarse a este secretario como autoridad emisora del acto, pues conforme al segundo párrafo del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, la calidad de documentos públicos se demuestra por la existencia sobre los propios documentos de los sellos, firmas u otros signos exteriores, lo que permite al gobernado tener la certeza jurídica de conocer incuestionablemente qué autoridad emitió un determinado acto que le pare perjuicio, y por tanto esté en posibilidades de conocer, con igual certeza jurídica, qué medio de defensa y ante la jurisdicción de qué autoridad puede promoverlo para proteger sus intereses, pues de otra manera se le dejaría en completo estado de indefensión, ya que si no existieran elementos objetivos que permitieran saber con precisión cuál es la autoridad que emite un determinado acto, el particular no sabría ni podría ejercitar medio de defensa alguno en su favor. Por ello si materialmente el acto que se le...

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