Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249085
MateriaDerecho Procesal,Común

Es incorrecta la consideración de la autoridad responsable de que no esté obligada a conceder la garantía de audiencia en el procedimiento administrativo en el que se autorizó el funcionamiento de una sociedad cooperativa de producción pesquera, fundado en el hecho de que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7o. del Reglamento de la Ley General de Sociedades Cooperativas, sólo se hará del conocimiento de los afectados ese procedimiento, cuando las autoridades competentes tengan conocimiento, de que la autorización de una sociedad puede establecer condiciones de competencia ruinosa respecto de otros organismos de trabajadores previamente autorizados, puesto que la garantía de audiencia debe respetarse en todo procedimiento a fin de que la parte interesada pueda ser oída en defensa de sus intereses, por estar prevista así en la Ley Fundamental del país, debiendo desentenderse de todos aquellos dispositivos legales secundarios que...

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