Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249236
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Es desacertado el razonamiento en que se apoyó el Juez de Distrito para denegar la petición de aplazamiento de la audiencia constitucional programada en autos, que se le hizo para que previamente se desahogara la prueba testimonial cuya recepción estaba programada en autos; pues aunque sea cierto que en la hora y fecha establecida por el Juez exhortado para el desahogo de la misma, no obstante que se notificó y citó legalmente a la parte oferente y al testigo, sin que concurriera ninguno de ellos, no lo es menos que por dispositivo legal contenido en el artículo 167 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, el tribunal actuante, está obligado a citar a los testigos para que declaren cuando la parte que ofrezca su testimonio manifieste no poder por sí misma hacer que se presenten, y que para lograr que comparezcan ante su potestad, cuenta con los medios de apercibimiento y...

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