Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249940
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa no establece el pago de la prima de antigüedad, es claro que no hay base para reclamar dicha prestación, y no puede estimarse lo contrario mediante la aplicación supletoria de la Ley Federal del Trabajo, pues tal supletoriedad no permite que se establezca en favor de los trabajadores una prestación no regulada por la ley primeramente citada, pues en caso contrario ya no se trataría de una aplicación supletoria, sino directa de la Ley Federal del Trabajo, sobre derechos no establecidos por el legislador en favor de quienes laboran al servicio de esa entidad...

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