Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro249990
MateriaDerecho Civil,Derecho Constitucional,Administrativa

En el caso específico de los aparceros, ellos no encuadran dentro de lo previsto por el artículo 212 de la Ley de Amparo, habida cuenta de que dicho dispositivo legal tutela a los núcleos de población ejidal y comunal, ejidatarios y comuneros en lo particular, y si bien es cierto que en términos generales se refiere a los que pertenezcan a la clase campesina, también lo es que de acuerdo al ámbito conceptual de dicha norma debe entenderse por clase campesina a aquella que posea la tierra, la detente o trabaje con la específica finalidad de que les sean reconocidos derechos como ejidatarios, pero no es el caso de aquellas personas que trabajen la tierra en virtud de un contrato de aparcería, que se...

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