Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro250838
MateriaDerecho Civil,Civil

En los autos que integran el juicio natural no se comprobó la calumnia que la hoy tercero perjudicado hubiere hecho al quejoso, suficiente para integrar la causal de divorcio que prevé el artículo 226, fracción XIII, del código adjetivo civil para el Estado de Michoacán, si no aparece que lo hubiere denunciado por la comisión del delito de abandono de familiares, ya que bien distinto es que ésta hubiera promovido diligencias de jurisdicción voluntaria sobre otorgamiento de pensión alimenticia, frente al hoy quejoso, lo que evidentemente no constituye una acusación calumniosa, toda vez que el Código Civil establece la obligación a cargo del esposo de suministrar alimentos a la esposa y a los hijos, y si no cumple con esta obligación, la primera está en aptitud de reclamarle que les sean cubiertos.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 280/80. J.J.R.S.. 20 de febrero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente. I.M.C.. Secretaria: R.A.R.H..

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR