Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro251988
MateriaDerecho Procesal,Civil

Dirigida contra quien la formula, esta objeción necesariamente debe substanciarse antes de que se emita la sentencia, conforme a lo previsto en los artículos 1350 del Código de Comercio y 571 del código procesal civil local (sic) máxime que el artículo 8o. de este último ordenamiento determina que las excepciones se resuelven en la sentencia, salvo las de incompetencia y falta de personalidad en el actor o en el demandado, de no tener este el carácter con que comparece, pues se deciden previamente.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 305/76. Mutualidad de Seguros Agrícola y G. de Nuevo León. 16 de marzo de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: F.T.A..

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR