Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro253817
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

Cuando en las legislaciones fiscales se establece la negativa ficta, como sucede en el caso del artículo 172 del Código Fiscal del Estado de México, la posibilidad legal que de la misma se deriva de impugnar desde luego la resolución negativa omitida por las responsables, aun dejando subsistente la violación del derecho de petición consignado como garantía individual en el artículo 8o. constitucional, elimina, la procedencia del juicio de amparo, en cuanto que ya no produce ningún agravio que debiera repararse a través del juicio constitucional.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo en revisión 284/76. Fraccionadora y Constructora del Río, S.A. 2 de abril de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: M.A.R..


Notas:


En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "MATERIA FISCAL. ESTABLECIMIENTO LEGAL DE NEGATIVA FICTA PRODUCE IMPROCEDENCIA DEL AMPARO POR VIOLACION DEL ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL, POR FALTA DE AGRAVIOS.".


Esta tesis...

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