Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254621
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, en su fracción IX, establece como una de las causales de despido justificado, el desobedecimiento del trabajador al patrón o sus representantes sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado; y en su fracción XV, señala como otras causales las análogas o establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en la que el trabajador se refiere. Pues bien, la paralización fáctica e ilícita de las labores, es una acción sumamente grave y que implica una resistencia del trabajador a cumplir con el trabajo contratado, que es análoga o similar a la desobediencia a que se refiere la primera de las fracciones invocadas y que, además, es también una desobediencia tácita a las órdenes generales de quehacer. La indebida actividad paralizadora, debe también calificarse en relación con el artículo 135, fracción VIII, del propio ordenamiento, que prohíbe suspender las labores sin autorización del patrón. Por otra parte, no se trata de...

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