Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255719
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Administrativa

No demuestra el interesado haber usado, con anterioridad a la fecha de la marca registrada, la marca constituida por una palabra, si esta palabra se comprende dentro de su nombre comercial, pues el uso de la denominación comercial no implica el uso de la misma como marca; y si se alega que "la protección marcaria se extiende al nombre comercial y por ello la sentencia que combato debe revocarse ..." lo anterior se estima inexacto, toda vez que los artículos 214, 215 y 96 de la Ley de la Propiedad Industrial, disponen "Artículo 214. Es propiedad de toda persona física o jurídica, productora o comerciante, su nombre comercial; y, en consecuencia, el derecho de uso exclusivo del mismo se protegerá sin obligación de depósito o registro, en la extensión del campo de la clientela efectiva. Artículo 215. Cuando se infrinja el derecho exclusivo de uso que concede el artículo anterior, por el empleo de un nombre igual o semejante, en un establecimiento del mismo género, el propietario del nombre comercial podrá, obtenida la declaración administrativa correspondiente, presentar querella contra el infractor para que se le impongan las penas que señala el capítulo II del título VIII de esta ley, exigir civilmente daños y perjuicios, y hacer que cese la usurpación. Artículo 96. El que esté usando o quiera...

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