Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255737
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Administrativa

No obstante que la resolución de la Comisión Agraria Mixta tiene carácter de definitiva, según el artículo 440 de la Ley Federal de Reforma Agraria, la misma no se ha dictado por un tribunal administrativo, según lo requiere el artículo 158 de la Ley de Amparo, para que proceda el amparo directo. Por tribunal administrativo debe considerarse un órgano que, aun cuando formalmente ejecutivo, materialmente ha sido creado para administrar (material, principal y constantemente) justicia; y la citada comisión es una autoridad ejecutiva, formal y materialmente considerada, que sólo en...

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