Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255757
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Cuando en el juicio de garantías, se alega haberse vulnerado el artículo 16 de la Carta Federal, aduciéndose simplemente que el acto que se impugna omitió citar los preceptos legales en que pudiera apoyarse, o diciéndose que ese acto se abstuvo de señalar concretamente las circunstancias que podrían constituir la motivación del mismo, el amparo no puede concederse sino para el efecto de que se deje insubsistente el acto reclamado, y así la autoridad estará en condiciones de emitir una nueva resolución. En cambio, cuando se reclama la violación del artículo 16 constitucional, porque el precepto aplicable no autoriza el sentido en que se produjo el acto impugnado, sino que, a la inversa, obliga a omitir una resolución con el contenido contrario, o porque se alega que los hechos cuya existencia se comprobó no justifican aquel acto, o bien que los motivos que invoca la responsable son erróneos, la protección federal, si procede, se otorgará de modo liso y llano, sin limitaciones ni restricciones de ninguna índole.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA...

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