Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256161
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Una correcta interpretación de la fracción XV del artículo 73 de la Ley de Amparo, conduce a determinar que por actos de autoridades distintas a las judiciales y que conforme a la ley que los rige, el recurso procedente no suspende su ejecución, el efecto puede ocurrir al juicio de garantías, sin necesidad de agotar previamente ese medio de impugnación; sin embargo, cuando se interpone el recurso ordinario, que el afectado sabe o debe saber no suspende la ejecución del acto, y antes de que se falle promueve el juicio de garantías, éste resulta improcedente, por encontrarse activado con antelación un recurso por el que el acto reclamado puede ser modificado, revocado o nulificado, no siendo por ende definitivo.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Improcedencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR