Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256369
MateriaAdministrativa

Si se practica una visita de inspección o una auditoría a la parte quejosa, ésta no está siempre y necesariamente obligada a pedir amparo o a impugnar legalmente las órdenes de auditoría o los vicios que encuentre en la práctica de la diligencia, pues aunque es cierto que puede proceder así cuando ello resulte conveniente a sus intereses y se le hayan violado directamente garantías individuales al expedir las órdenes o al practicar las diligencias relativas, también lo es que si por la naturaleza de los actos de que se trata, o por las peculiaridades de la situación concreta, o por los resultados que van apareciendo en la diligencia, conviene a los intereses de la afectada esperar al resultado de las diligencias o visitas de inspección o auditoría, puede hacerlo, ya que en principio dichas diligencias no le paran perjuicio por si solas, sino hasta el momento en que con base en las mismas, le es fincada alguna responsabilidad o algún crédito. De donde se desprende que, en principio, la parte afectada por una visita puede esperar a que las autoridades responsables dicten la...

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