Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256402
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 1837 del Código Civil del Estado de Jalisco, requiere, para condenar por concepto de reparación moral, que se trate de un hecho ilícito. Consiguientemente, en forma previa tendría que hacerse la declaración de que el hecho de que provienen los daños es ilícito; y esto no se puede llevar a cabo, porque sería incongruente, cuando la acción que se ejercita es la de responsabilidad objetiva exigible a terceros, puesto que la acción por responsabilidad civil objetiva es independiente de la licitud o ilicitud del hecho de que proviene.


TRIBUNAL COLEGIADO...

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