Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256986
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si el auto combatido es la negativa de ejecutar una sentencia, porque esa ejecución está suspendida con motivo del amparo directo interpuesto contra la misma, se está en el caso de estimar que el acto reclamado, en el supuesto de que sea ilegal, no viola la ley común, sino la Ley de Amparo, en el aspecto suspensional, y por ende, contra él procede el recurso de queja, en términos de la fracción VIII del artículo 95 de la Ley de Amparo, lo cual hace improcedente el juicio de garantías; debiéndose sobreseer el mismo, con fundamento en los artículos 73, fracción XV y 74, fracción III, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo en revisión 1079/969. Unanimidad de votos. 26 de marzo de 1971. Ponente: M.A.R..


Nota:


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