Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro257257
MateriaDerecho Constitucional,Administrativa

Debe entenderse que un particular tiene interés jurídico para promover el juicio de garantías cuando el acto de autoridad afecta en su perjuicio una situación o hecho tutelados por la ley; por el contrario, si el acto no produce sino una afectación de sus intereses patrimoniales o económicos, el juicio constitucional es improcedente. En estas condiciones, si en el caso concreto el quejoso se sustituyó en los derechos derivados de la concesión para explotar el pozo de agua ubicado dentro del terreno que adquirió en compraventa, aun cuando el procedimiento de caducidad de la concesión se haya seguido en contra de su titular, el quejoso resulta afectado en sus intereses jurídicos, pues el artículo 50 de la Ley de Aguas de Propiedad Nacional prevé la posibilidad de que un tercero se sustituya en los derechos del concesionario si adquiere los terrenos de cultivo junto con el pozo de agua objeto de la concesión.


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