Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 1 de Junio de 2010 (Tesis num. IX.2o.56 C de Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 01-06-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro164431
Número de resoluciónIX.2o.56 C
Fecha de publicación01 Junio 2010
Fecha01 Junio 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Junio de 2010; Pág. 1027
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

Del estudio relacionado de los artículos 268 de la Ley de Concursos Mercantiles y 1334 del Código de Comercio se advierte del primero de los numerales, como principio predominante, que cuando no procede el recurso de apelación, necesariamente procede el de revocación; y aunque es verdad que en ese artículo se omite mencionar si este último abarca tanto a la resolución de primera como a la de segunda instancia, debe atenderse a la hermenéutica y a lo que la doctrina denomina "principio de impugnación" para establecerse, en forma razonable, que dicho recurso comprende a ambas instancias, habida cuenta que la redacción de la Ley de Concursos Mercantiles no restringe específicamente la revocación a las resoluciones de primera instancia; sin que lo anterior conduzca a estimar que en la especie se está introduciendo un recurso no previsto por la ley que rige al acto reclamado, ya que si bien es verdad que el Código de Comercio, de aplicación supletoria dispone en el citado artículo 1334 dos medios de impugnación diversos (revocación y reposición), también lo es que la denominación de tales recursos sólo obedece a un fin utilitario del legislador para...

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