Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Abril de 2010 (Tesis num. VI.2o.C.712 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-04-2010 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 164809 |
Número de resolución | VI.2o.C.712 C |
Fecha de publicación | 01 Abril 2010 |
Fecha | 01 Abril 2010 |
Localizador | 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Abril de 2010; Pág. 2722 |
Materia | Civil |
Por regla general, el amparo indirecto es improcedente en contra del auto que admite una demanda, en virtud de que no está comprendido en la fracción III del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ni en la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, por no ser un acto en el procedimiento que deje sin defensa a la parte quejosa y no tener el carácter de irreparable, porque los perjuicios que pudiera irrogar podrán ser reparados, en todo caso, en la sentencia definitiva que llegue a dictarse; asimismo, existen casos en que el proveído que da entrada a una demanda ocasiona actos de imposible reparación, verbigracia, el auto de admisión de un juicio ejecutivo mercantil que tiene efectos de mandamiento en forma, en cuanto contiene el requerimiento de pago al deudor, y de no verificarse, la orden de embargo de bienes suficientes de su propiedad para satisfacer las especies reclamadas, contra el cual procede el amparo biinstancial y, en esa tesitura, aunque el auto que admite a trámite una demanda de nulidad de juicio concluido no se trata propiamente de una admisión con efectos propios de mandamiento, como en una controversia mercantil; tampoco está en el supuesto de una mera admisión de demanda civil, pues lo cierto es que atañe a un tópico que la doctrina y la Suprema Corte de Justicia de la Nación han reconocido como excepcional, con relación a la inmutabilidad de la cosa juzgada, en cuyo caso, la magnitud del posible fraude procesal realizado trae consigo que se anule todo el proceso fraudulento y, por ende, la firmeza de la sentencia definitiva; de ahí que se trata de una cuestión de índole procesal dentro del juicio que afecta a las partes en grado predominante o superior, análogo a la figura jurídica de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-11-2011 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 330/2011 )
...el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, al resolver el amparo en revisión **********, que dio origen a la tesis VI.2º.C.712C, bajo el rubro: “DEMANDA DE JUICIO DE NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA SU ADMISIÓN ES UN ACTO QUE AFECTA A LAS PARTE......
-
Ejecutoria num. 330/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2012 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...géneris." De dicha ejecutoria derivó la tesis de rubro y texto siguientes: "Novena Época "Tesis aislada "Tomo: XXXI, abril de 2010 "Tesis: VI.2o.C.712 C "Página: 2722 "DEMANDA DE JUICIO DE NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA SU ADMISIÓN ES UN ACTO QUE AFECTA A LAS PARTES......