Tesis, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 15 de Enero de 2021 (Tesis num. VII.2o.C.235 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 15-01-2021 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2022623 |
Número de resolución | VII.2o.C.235 C (10a.) |
Fecha de publicación | 15 Enero 2021 |
Fecha | 15 Enero 2021 |
Materia | Civil,Derecho Civil |
Localizador | [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación |
Es improcedente demandar la nulidad del acta de reconocimiento que se hizo del menor, bajo el argumento de que tal acto se llevó a cabo mediante la simulación para proporcionarle seguridad social, toda vez que únicamente están legitimados para pedir la nulidad de los actos simulados, conforme a una interpretación sustentada en el principio fundamental del interés superior del menor del artículo 2116 del Código Civil para el Estado de Veracruz, los terceros perjudicados con la simulación o el Ministerio Público, cuando dicha simulación se haya cometido en transgresión a la ley o en perjuicio de la hacienda pública; en consecuencia, quien podría solicitar la nulidad del registro de su reconocimiento, por haber sido cometida en simulación de hechos, sería el propio menor en caso...
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Sentencia N° 738-2022 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
...es decir, aun en el 26 Registro digital: 2022623, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, Materias(s): Civil, Tesis: VII.2o.C.235 C (10a.), Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 82, Enero de 2021, Tomo II, página 1251, Tipo: Aislada. ACTA DE RECON......