Tesis, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 8 de Enero de 2021 (Tesis num. II.4o.C.33 C (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 08-01-2021 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.4o.C.33 C (10a.) |
Fecha de publicación | 08 Enero 2021 |
Fecha | 08 Enero 2021 |
Número de registro | 2022594 |
Materia | Común, Civil,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Localizador | [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación |
En la jurisprudencia P./J. 71/2014 (10a.), de título y subtítulo: "DAÑOS Y PERJUICIOS. FORMA DE FIJAR EL MONTO DE LA GARANTÍA POR ESOS CONCEPTOS AL CONCEDERSE LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAMA UNA CANTIDAD LÍQUIDA.", el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que si el otorgamiento de la suspensión tiene por objeto impedir la ejecución de una condena en cantidad líquida a favor del tercero, el daño radica en la pérdida del poder adquisitivo con relación a dicha cantidad, en el lapso probable que tardaría la resolución del juicio; dato que, precisó, es posible advertir y cuantificar mediante el Índice Nacional de Precios al Consumidor que el Banco de México publica mensualmente en el Diario Oficial de la Federación; por lo que para calcular los posibles daños, deberá tomarse como referencia el porcentaje inflacionario del tiempo que el juzgador considera que podría durar el juicio a la fecha en que se decrete la garantía. Asimismo, señaló que los perjuicios son las ganancias lícitas que obtendría el tercero de tener bajo su dominio el monto de la condena durante el tiempo estimado por el juzgador para la resolución del juicio, el cual equivale al rendimiento que en el mismo plazo produciría el citado monto, conforme a una tasa de interés que refleje el valor del dinero, como es la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a plazo de 28 días, que puede constatarse en la publicación que se hace en el Diario Oficial de la Federación. No obstante, si la cuantificación a que ascienden los daños y perjuicios ocasionados al tercero interesado, corresponde a un monto mayor al fijado como garantía para que surta efectos la medida cautelar, el cual hubiere adquirido firmeza...
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Sentencia N° 475-2019 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2019
...y por tanto; 4 Registro digital: 2022594 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Décima Época Materia(s): Común, Civil Tesis: II.4o.C.33 C (10a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro Enero de 2021, Tomo II, página 1321 Tipo: Aislada QUINTA SALA TOCA 475/2019 39......