Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, 16 de Octubre de 2020 (Tesis num. (IV Región)2o.28 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Cuarta Región, 16-10-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2022242
Número de resolución(IV Región)2o.28 L (10a.)
Fecha de publicación16 Octubre 2020
Fecha16 Octubre 2020
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (IV Región)2o.28 L (10a.)

Conforme al artículo 787 de la Ley Federal del Trabajo, en el juicio ordinario laboral es posible citar a absolver posiciones a personas con funciones de dirección, administración y supervisión, siempre que: a) los hechos que originaron la controversia le sean propios, es decir, que le sean atribuidos en la demanda o en la contestación respectiva; o, b) que por el desempeño de sus funciones tengan conocimiento de los hechos controvertidos. Por otra parte, del numeral 144, fracciones XVII, XVIII, XIX y XXIX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano Seguro Social, se desprende que son atribuciones del delegado, dentro de su circunscripción territorial, llevar a cabo los actos relacionados con el registro de patrones y demás sujetos obligados, la clasificación de empresas y la determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo y la afiliación de trabajadores y demás sujetos de aseguramiento, así como conceder, rechazar y modificar las pensiones que conforme a la ley le corresponde otorgar al instituto, así como supervisar que se dé cumplimiento. Por ende, al tratarse de hechos de los que pudiera tener conocimiento por el desempeño de sus funciones, es admisible la prueba confesional para hechos propios propuesta por un asegurado o beneficiario que pretenda el otorgamiento de alguna prestación de seguridad social, aun cuando no le impute directamente hechos en la demanda o contestación, si es factible que haya tenido conocimiento de éstos con motivo de las funciones que le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR