Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 25 de Septiembre de 2020 (Tesis num. I.2o.A.1 CS (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 25-09-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2022141
Número de resoluciónI.2o.A.1 CS (10a.)
Fecha de publicación25 Septiembre 2020
Fecha25 Septiembre 2020
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.2o.A.1 CS (10a.)

De acuerdo con los artículos 1o. y 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades del Estado Mexicano tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de aquéllos, y que la impartición de la educación debe basarse en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Por otra parte, de conformidad con los artículos 2, 3 y 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará" de la que México forma parte, el Estado debe establecer procedimientos legales, justos y eficaces para que las mujeres, ante cualquier asomo de violencia, puedan acceder efectivamente a la justicia ante las barreras extraordinarias existentes al intentar ejercer ese derecho y, por ende, sus reclamos deben ser valorados con una perspectiva de género. En cuanto a las obligaciones del Estado Mexicano frente a la violencia contra las mujeres, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en sentencia de veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho, al resolver el caso "Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco Vs. México", determinó que del derecho a las mujeres a vivir una vida libre de violencia, surgen las correlativas obligaciones del Estado para respetarlo y garantizarlo, las cuales deben alcanzar todas sus esferas de actuación transversal y verticalmente, lo cual requiere, entre otras cosas, la adopción y aplicación de medidas para combatir aptitudes estereotipadas y discriminatorias que constituyan las causas...

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