Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 4 de Septiembre de 2020 (Tesis num. I.4o.A.45 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 04-09-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.45 K (10a.)
Fecha de publicación04 Septiembre 2020
Fecha04 Septiembre 2020
Número de registro2022070
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.4o.A.45 K (10a.)

El artículo 51, fracción VI, de la Ley de Amparo dispone que los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y las autoridades que conozcan de los juicios de amparo deben excusarse en éstos si figuran como partes en otros juicios de garantías semejantes a los de su conocimiento. Dicha regla de impedimento no es absoluta. Resulta aplicable cuando se actualice alguno de los supuestos en que se encuentre comprometida la imparcialidad del criterio de los juzgadores, pero su aplicación debe considerarse excluida cuando se presente una situación en la cual, ante una colisión de principios constitucionales, deba privilegiarse el mandato de atender el derecho de acceso a la jurisdicción, que resulta instrumental del valor justicia y obliga a los juzgadores a no dejar sin solución la controversia que se les plantea, frente a la exigencia constitucional de que quien emita la resolución no se encuentre en algún supuesto en que, de manera ordinaria, se estime comprometida su imparcialidad. En ese contexto, la solución se obtiene de la aplicación del principio de proporcionalidad, como instrumento metodológico para decidir el mandato que se privilegia en el caso concreto, y con apoyo en el subprincipio de necesidad se elige, de entre dos medios que favorezcan igualmente bien a un primer objetivo, aquel que afecte menos intensamente a un segundo objetivo. Dicho subprincipio permite, como excepción, que los juzgadores de amparo participen en una controversia en cuyo resultado pudiera pensarse que tengan interés, cuando no...

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