Tesis Aislada, Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21 de Agosto de 2020 (Tesis num. I.16o.T.21 K (10a.) de Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.16o.T.21 K (10a.)
Fecha de publicación21 Agosto 2020
Fecha21 Agosto 2020
Número de registro2022035
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.16o.T.21 K (10a.)

El precepto citado establece que cuando un órgano jurisdiccional de amparo advierta de oficio una causal de improcedencia no alegada por alguna de las partes ni analizada por un órgano jurisdiccional inferior, dará vista al quejoso para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su derecho convenga; no obstante, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 19/2016, determinó que el cumplimiento de ese mandato dependerá de cada caso concreto. Así, con base en lo anterior, es innecesario dar vista con la actualización de la causal de improcedencia decretada de oficio, prevista en el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo (falta de interés jurídico), cuando de las constancias que obran en el juicio natural de origen se advierte que uno de los quejosos desistió de las acciones intentadas y, por ello, la responsable ordenó el archivo como asunto total y definitivamente concluido, únicamente por lo que hace al mismo, pues tal hecho generador de la causal de improcedencia de que se trata fue del pleno conocimiento del quejoso, porque fue éste quien le dio origen al desistirse de las acciones intentadas ante el tribunal responsable y, además, expresar en forma clara y contundente su deseo de que se diera por terminado el conflicto natural; por tanto, es innecesario darle vista con la causal referida. Sin que lo anterior contravenga la finalidad del segundo párrafo del artículo 64 de la ley de la materia, consistente en otorgar un medio de defensa a...

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