Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 7 de Agosto de 2020 (Tesis num. I.6o.C.64 C (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 07-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021870
Número de resoluciónI.6o.C.64 C (10a.)
Fecha de publicación07 Agosto 2020
Fecha07 Agosto 2020
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.6o.C.64 C (10a.)

El artículo 122, fracción II, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal –vigente hasta antes de la reforma del primero de junio de dos mil–, establece que procede la notificación por edictos cuando se trate de personas cuyo domicilio se ignora, previo informe de la policía preventiva; texto que no resulta acorde con lo previsto en el artículo 14 constitucional, en relación con la garantía de audiencia que se debe respetar en todo procedimiento judicial, pues no cabe considerar agotada la investigación acerca del domicilio de una persona cuando se solicitó informe a una sola autoridad, toda vez que es un hecho notorio que existen múltiples entidades a través de las cuales se podría obtener información al respecto, como sería, por ejemplo, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad Social y Servicios para los Trabajadores del Estado, la Comisión Federal de Electricidad, Teléfonos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, el Instituto Nacional Electoral, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Fiscalía General de la República, etcétera. Ahora bien, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades del país, dentro del ámbito de sus competencias, se encuentran obligadas a velar por los derechos humanos contenidos en la Constitución Federal, y es en la función jurisdiccional, donde los Jueces están obligados a preferir los derechos humanos contenidos en la Constitución y en los tratados internacionales, a pesar de las disposiciones en contrario que se encuentren en cualquier ley del orden común y, de igual forma, están obligados a dejar de aplicar tales normas, dando preferencia a las contenidas en la Constitución y en los tratados en la materia. Luego, si la investigación prevista en la...

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