Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 7 de Agosto de 2020 (Tesis num. I.7o.A.106 A (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 07-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.106 A (10a.)
Fecha de publicación07 Agosto 2020
Fecha07 Agosto 2020
Número de registro2021947
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.7o.A.106 A (10a.)

No obstante que no se haya preparado en sede ordinaria, en términos del artículo 107, fracción III, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al no existir medio ordinario de defensa para controvertir la violación procedimental consistente en el no ejercicio de la facultad que al Magistrado instructor en el juicio de nulidad le confiere el artículo 41 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en cuanto a acordar oficiosamente la exhibición de elementos relevantes para un mejor conocimiento de los hechos controvertidos, procede impugnarla en el amparo directo, pues dado su carácter potestativo, queda al arbitrio de aquél discernir lo pertinente sobre su elección. Sin que ello lleve a considerar que no sea posible plantear esa omisión como violación procedimental, pues la pertinencia de análisis acontece, derivado de que el arbitrio de toda autoridad y el uso potestativo de atribuciones (facultades discrecionales) no están exentos de control constitucional, pues también su uso o desuso podría tornarse en indebido, caprichoso o arbitrario y, por consiguiente, transgresor del Pacto Fundamental, que proscribe el uso irracional del poder y, en especial, del público (principios de legalidad y seguridad jurídica). Motivo por el cual, el juzgador de amparo conserva las más amplias facultades para discernir si resultaba de ejercicio necesario la facultad de practicar diligencias para mejor proveer, atento a su obligación constitucional de proteger y garantizar los derechos humanos (...

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