Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 7 de Agosto de 2020 (Tesis num. I.15o.C.69 C (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 07-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021851
Número de resoluciónI.15o.C.69 C (10a.)
Fecha de publicación07 Agosto 2020
Fecha07 Agosto 2020
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.C.69 C (10a.)

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 7o. y 24 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, las condiciones generales del seguro deberán figurar en el mismo formulario de ofertas suministrado por la empresa aseguradora o bien remitirse al proponente para que éste las incluya en la oferta del contrato que ha de firmar y entregar a la empresa, lo que en el caso no aconteció pues si bien en el formulario respectivo el asegurado ratificó haberse enterado del contenido de las condiciones que rigen la póliza con las cuales declaró su conformidad, también lo es que en éste no consta su firma, razón por la cual esa manifestación no constituye prueba de que se las hayan entregado ni que tuviera pleno conocimiento de su contenido; además de que la simple remisión que se hace en la póliza a un portal electrónico para su consulta resulta insuficiente para tener por demostrada dicha obligación legal, porque se le impone al asegurado una conducta que no es exigible conforme a la ley, y no aparece renunciada expresamente. Así, aun cuando la póliza fue...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR