Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, 7 de Agosto de 2020 (Tesis num. XX.A.4 A (10a.) de Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, 07-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.A.4 A (10a.)
Fecha de publicación07 Agosto 2020
Fecha07 Agosto 2020
Número de registro2021881
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XX.A.4 A (10a.)

Los preceptos citados establecen que los trabajadores que a la fecha de entrada en vigor de la ley mencionada se encuentren separados del servicio y posteriormente reingresaren al mismo, y quisieren que el tiempo trabajado con anterioridad se les compute para obtener los beneficios que ésta prevé, deberán reintegrar, en su caso, en un plazo de 30 días hábiles, la indemnización global que hubieren recibido, más los intereses legales correspondientes; asimismo, deberán laborar por lo menos un año, contado a partir de su reingreso. Ahora, la diferencia que se hace de los trabajadores que se encontraran separados del servicio y los activos no constituye una distinción de trato violatoria de los derechos a la igualdad y a la no discriminación, reconocidos por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues no atenta contra la dignidad humana, ni anula o menoscaba libertades o igualdad real de oportunidades, por el contrario, otorga la oportunidad de acceder a los beneficios que establece, por ejemplo, a una pensión, aun si el trabajador no se encontrare en activo. Por ello, su finalidad es constitucionalmente válida, al beneficiar a todo trabajador en activo o no, pues la distinción sólo está cimentada en la diversa situación jurídica que tienen los trabajadores separados del servicio y quisieran acceder a dicho beneficio; es decir, el trato desigual obedece a que los trabajadores en comento –en activo y los que se hayan separado del servicio– no son iguales jurídicamente y, en ese sentido, los artículos señalados no se apartan del principio de igualdad que protege la Constitución Federal, consistente en dar el mismo...

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