Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 7 de Agosto de 2020 (Tesis num. I.6o.A.18 A (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 07-08-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021839
Número de resoluciónI.6o.A.18 A (10a.)
Fecha de publicación07 Agosto 2020
Fecha07 Agosto 2020
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.6o.A.18 A (10a.)

Del contenido de los artículos 191 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), así como 15 de su reglamento en materia de verificación vehicular se desprende que las autorizaciones o permisos para establecer y operar centros de verificación en la Ciudad de México deberán concursarse a través de procedimientos públicos, en los que medie una convocatoria pública y publicada en la Gaceta Oficial de esta ciudad, en la que se informen los elementos materiales, humanos y demás condiciones que deberán reunir los centros de verificación para obtener la autorización, así como las normas y procedimientos de verificación que se deberán observar y el número y ubicación de las instalaciones de los verificadores ambientales. Así, además de la obligación general de transparentar su actuación, que tiene toda autoridad estatal, es un deber específico de las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México y, en particular, de la Secretaría del Medio Ambiente, otorgar las autorizaciones dirigidas a establecer y operar centros de verificación en la Ciudad, previo concurso impersonal, en el que la información relativa al objeto del mismo, así como los requisitos técnicos y formales para lograr obtener una autorización deben estar, por regla general, a disposición de todos, sin obstáculo alguno. Obligación específica establecida para garantizar la concurrencia de los interesados y, por ende, la formulación de las mejores propuestas posibles, por la naturaleza y objetivo de lo concursado, para dar operatividad al principio de igualdad como fundamento de un procedimiento dirigido a todo público, y también como un deber reforzado de la administración pública para garantizar el acceso y escrutinio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR