Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 6 de Marzo de 2020 (Tesis num. III.5o.A.20 K (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 06-03-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.5o.A.20 K (10a.)
Fecha de publicación06 Marzo 2020
Fecha06 Marzo 2020
Número de registro2021733
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.5o.A.20 K (10a.)

Acorde con el artículo 193, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo, cuando sea necesario precisar, definir o concretar la forma o términos del cumplimiento de la ejecutoria, cualquiera de los órganos judiciales competentes podrá ordenar, de oficio, que se abra un incidente para tal efecto, lo cual se actualiza en caso de que el quejoso solicite la devolución de una cantidad que afirma pagó indebidamente a la autoridad responsable, pero de autos no se advierta que constituye una actuación vinculada o que tenga su origen en los actos reclamados, pues para determinar si debe ordenarse o no la devolución solicitada, en la etapa probatoria del incidente respectivo las partes estarán en condiciones de aportar los medios de prueba para justificar el origen del pago y el juzgador podrá determinar si asiste la razón al...

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