Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, 6 de Marzo de 2020 (Tesis num. (IV Región)1o.20 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Cuarta Región, 06-03-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021746
Número de resolución(IV Regi
Fecha de publicación06 Marzo 2020
Fecha06 Marzo 2020
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (IV Región)1o.20 L (10a.)

De las cláusulas 55 y 55 Bis del Contrato Colectivo de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social, bienio 2013-2015, así como de los artículos 66 y 81 del Reglamento Interior de Trabajo, se advierte que tratándose de cuestiones relacionadas con la rescisión del vínculo laboral será dicho instituto, en su carácter de patrón, el que realice una investigación administrativa con el fin de determinar lo conducente; mientras que tratándose de sanciones disciplinarias, son la Comisión Nacional Mixta Disciplinaria y sus Subcomisiones las encargadas de imponerlas, previa investigación administrativa que al respecto realicen. Por tanto, al tratarse de investigaciones administrativas independientes y autónomas entre sí, que se regulan en distintas disposiciones y dan lugar a acciones de diversa naturaleza, en términos del artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo, para determinar el cómputo para que opere la prescripción de la acción deberá atenderse a su naturaleza; es decir, si se hizo valer...

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