Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 28 de Febrero de 2020 (Tesis num. I.15o.C.10 K (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 28-02-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.15o.C.10 K (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2020
Fecha28 Febrero 2020
Número de registro2021692
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.C.10 K (10a.)

De la interpretación del artículo 3o. de la Ley de Amparo se colige que el legislador ha querido eliminar un obstáculo económico para hacer efectivo el amparo, erradicando la posibilidad de que se cobre contribución alguna por concepto de la expedición de las copias necesarias para la sustanciación del medio de control, con el propósito de evitar que quienes acudan a él y no cuenten con recursos económicos suficientes para sufragarlas, no vean truncada esa posibilidad de defensa de sus prerrogativas fundamentales. Por ello, en el amparo no sólo están prohibidas las contribuciones de naturaleza fiscal, sino también el cobro de costas, incluyendo el de las copias que se expiden...

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