Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 7 de Febrero de 2020 (Tesis num. VI.1o.T.44 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 07-02-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.T.44 L (10a.)
Fecha de publicación07 Febrero 2020
Fecha07 Febrero 2020
Número de registro2021574
MateriaComún, Laboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VI.1o.T.44 L (10a.)

El artículo 97 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla prevé expresamente la procedencia y trámite del incidente de nulidad como medio ordinario de defensa, que permite nulificar la notificación que lesiona los intereses de las partes en el juicio; en ese sentido, quien impugne una notificación practicada en el procedimiento laboral, previo a la promoción del juicio de amparo, debe agotar el incidente referido, pues no se está en el caso de excepción al principio de definitividad previsto en la fracción XVIII del artículo 61 de la Ley de Amparo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO.

Queja 118/2019. E.L.S. y otros...

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