Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 31 de Enero de 2020 (Tesis num. II.4o.P.12 P (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 31-01-2020 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.4o.P.12 P (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Enero 2020 |
Fecha | 31 Enero 2020 |
Número de registro | 2021544 |
Materia | Penal,Derecho Penal |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.4o.P.12 P (10a.) |
De conformidad con el artículo 107 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, las personas privadas de la libertad, a nombre propio o de manera colectiva, están legitimadas para presentar una petición administrativa ante el director del centro penitenciario en contra de los hechos, actos u omisiones respecto de las condiciones de internamiento. En ese sentido, la petición administrativa puede resultar un medio de defensa idóneo para determinar si se ha incurrido o no en una afectación al principio rector del sistema penitenciario de vida digna y segura en reclusión y, en su caso, proveer lo necesario para remediarla. Sin embargo, cuando se impugne la resolución del comité técnico del centro penitenciario que impone sanciones disciplinarias, no procede la petición administrativa, sino la revisión ante el Juez de Ejecución establecida en el artículo 48 de la propia ley. Ello, no obstante que la sanción pudiera estar relacionada con las condiciones de internamiento...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Ejecutoria num. 29/2023 de Plenos Regionales, 16-06-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...Estimó aplicable la jurisprudencia 1a./J. 79/2018 sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la tesis II.4o.P12 P (10a.) sustentada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo 61. En consecuencia, resolvió, por unanimidad, declarar infunda......