Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 17 de Enero de 2020 (Tesis num. I.10o.P.33 P (10a.) de Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 17-01-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.10o.P.33 P (10a.)
Fecha de publicación17 Enero 2020
Fecha17 Enero 2020
Número de registro2021434
MateriaComún, Penal,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.10o.P.33 P (10a.)

Del artículo mencionado se advierte que la resolución que emita el Juez de control en sus términos, no admite recurso alguno, lo que significa que en su contra son improcedentes tanto la apelación como la revocación, con independencia de que el juzgador haya dado trámite al recurso y analizado el fondo de la controversia, o bien, resuelto sin mayor trámite. De ahí que contra la resolución emitida por el Juez de control en el recurso innominado previsto en el citado numeral procedería, en su caso, el juicio de amparo indirecto, sin necesidad de agotar algún otro recurso o medio de defensa que conceda la ley ordinaria, pues de estimar lo contrario no sólo se estaría introduciendo un recurso no previsto por la ley, sino también se actuaría en perjuicio de la pronta impartición de justicia, a que se...

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