Tesis Aislada, Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 3 de Enero de 2020 (Tesis num. I.16o.T.50 L (10a.) de Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 03-01-2020 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021356
Número de resoluciónI.16o.T.50 L (10a.)
Fecha de publicación03 Enero 2020
Fecha03 Enero 2020
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.16o.T.50 L (10a.)

La separación ilegal de una trabajadora al servicio del Estado motivada por su embarazo es ilegal, aun cuando tenga la categoría de confianza, porque constituye, por sí misma, una discriminación por razón de género, en virtud de que atenta contra la dignidad de la persona y el principio de no discriminación, contenidos en los artículos 1o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, numeral 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 1 del Convenio Número 111, de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación y, especialmente, conforme al artículo 11.2 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), lo cual, interpretado de conformidad con el artículo 123, apartados A, fracciones V y XV, y B, fracción XI, inciso c), constitucional, debe concluirse que procede condenar al patrón a pagar una indemnización como medio de reparación por la violación a las medidas de protección durante el embarazo, los periodos de descanso obligatorios, pre y post natales, en el entendido de que la maternidad, el alumbramiento y la lactancia, conllevan la necesidad de adoptar por parte de todas las autoridades y los patrones, las medidas necesarias para asegurar su óptima protección...

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