Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 6 de Diciembre de 2019 (Tesis num. I.4o.P.33 P (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 06-12-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021240
Número de resoluciónI.4o.P.33 P (10a.)
Fecha de publicación06 Diciembre 2019
Fecha06 Diciembre 2019
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.4o.P.33 P (10a.)

El derecho fundamental de tutela judicial efectiva previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, implica tener presente el sentido y razón de la norma con el fin de evitar formalismos que impidan un enjuiciamiento de fondo. Bajo esa óptica, el artículo 467, fracción XI, del Código Nacional de Procedimientos Penales dispone que es apelable la resolución del Juez de control que "excluya algún medio de prueba"; acepción que no debe entenderse en su sentido literal y restrictivo, sino en comunión con el resto del sistema normativo para determinar sus alcances. En ese sentido, de los artículos 97, párrafo primero, 264 y 346, fracción III, del código mencionado, deriva que el legislador consideró como una causa de exclusión de un medio de prueba, el que haya sido declarado nulo por transgredir derechos fundamentales, razón por la cual, si en el artículo 467, fracción XI, citado, se incluyó como hipótesis de procedencia del recurso de...

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