Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 6 de Diciembre de 2019 (Tesis num. VII.2o.T.244 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 06-12-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.2o.T.244 L (10a.)
Fecha de publicación06 Diciembre 2019
Fecha06 Diciembre 2019
Número de registro2021256
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.244 L (10a.)

Aun cuando prima facie, el escrito de renuncia, al ser un acto unilateral del trabajador puede presentarse en cualquier día, incluso no laborable, cobra particular relevancia la forma en que el patrón señale cómo se le presentó, pues aun en caso de no haberse objetado o, habiéndose perfeccionado en cuanto a su autenticidad de contenido y firma, es insuficiente, por sí mismo, para demostrar ese extremo, siendo necesario que se adminicule con algún elemento de convicción adicional para dotarlo de certidumbre y veracidad, cuando el patrón, por la conducta procesal desplegada al controvertir los hechos expuestos por el actor asumió esa carga, al afirmar categóricamente que el trabajador renunció en un día que acorde con lo probado en autos, no está comprendido dentro de la jornada laboral, sino más bien es coincidente con el día semanal de descanso obligatorio. Diferente hubiese sido si sólo se limitara...

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