Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 22 de Noviembre de 2019 (Tesis num. XV.4o.8 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 22-11-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.4o.8 K (10a.)
Fecha de publicación22 Noviembre 2019
Fecha22 Noviembre 2019
Número de registro2021102
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XV.4o.8 K (10a.)

En las tesis de jurisprudencia 1a./J. 136/2011 (9a.) y 2a./J. 149/2006, la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respectivamente, determinaron la posibilidad de que el quejoso que reclama violación al derecho de petición, previsto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, amplíe su demanda de amparo, de considerarlo conveniente, contra la respuesta otorgada por la autoridad responsable durante la tramitación del juicio, así como respecto de las constancias que ésta anexó para justificar su decisión, por constituir un acto nuevo. Por tanto, cuando la autoridad responsable emita su respuesta, la vista que el Juez de Distrito dé al quejoso conforme al artículo 117 de la Ley de Amparo, debe comprender el requerimiento para que, si lo desea, amplíe su demanda, en términos del artículo 111 de la misma ley.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 366/2019. B.T.V.. 12 de septiembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: S.M.G.R.. Secretario: J.C.V.M..


Nota: Las tesis de jurisprudencia 1a./J. 136/2011 (9a.) y 2a./J. 149/2006, de rubros: "INFORME JUSTIFICADO. CUANDO DE ÉL SE ADVIERTA LA EXISTENCIA DE UN NUEVO ACTO VINCULADO A LA OMISIÓN RECLAMADA POR VIOLACIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN, EL JUEZ DE...

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