Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 22 de Noviembre de 2019 (Tesis num. III.4o.T.54 L (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 22-11-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.4o.T.54 L (10a.)
Fecha de publicación22 Noviembre 2019
Fecha22 Noviembre 2019
Número de registro2021147
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.4o.T.54 L (10a.)

La determinación de la autoridad responsable de reservarse los autos para proveer sobre las pruebas dentro de una cuarta etapa que denominó "admisión y rechazo de pruebas", en términos del artículo 133 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, diversa a la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, constituye un acto positivo que viola las normas del procedimiento conforme al artículo 128 de la ley citada, pues no se cumple con los principios de concentración y celeridad que imperan en materia de trabajo porque la ley no señala que pueda dividirse el ofrecimiento de la admisión o reservar los autos para proveer sobre las pruebas, lo que transgrede derechos adjetivos que pueden trascender al resultado del fallo, si por esa causa se decreta la caducidad en el juicio, lo que actualiza una violación procesal impugnable en amparo directo; sin que sea aplicable la jurisprudencia 2a./J. 156/2012 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "CADUCIDAD EN EL PROCESO LABORAL. SE ACTUALIZA AUN CUANDO EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFÓN RESPONSABLE SE RESERVE LA FACULTAD DE RESOLVER SOBRE LA ADMISIÓN O DESECHAMIENTO DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS Y HAYA TRANSCURRIDO UN PLAZO MAYOR DE 6 MESES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE...

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2 sentencias
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    • México
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    • Invalid date
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  • Voto concurrente num. 5/2021 de Plenos de Circuito, 01-05-2022 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
    • México
    • Plenos de Circuito
    • Invalid date
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